Luxemburgo o Dubái: ¿Dónde Tributar tu Empresa Internacional? [Guía Comparativa 2025]

Si estás pensando en montar una empresa fuera de España, probablemente Dubái y Luxemburgo estén entre tus opciones. No es una decisión menor. Las diferencias fiscales, legales y bancarias entre ambos países pueden cambiar por completo la rentabilidad —y la seguridad jurídica— de tu proyecto. Entiendo perfectamente que estés valorando varias jurisdicciones antes de tomar una decisión tan importante.

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En este artículo te ofrezco una comparativa clara, realista y profesional entre estas dos potencias fiscales. Analizaremos ventajas, riesgos y diferencias significativas que te ayudarán a determinar cuál se ajusta mejor a tu situación particular como empresario o inversor residente en España.

Fiscalidad comparada entre Dubái y Luxemburgo: ¿Dónde pagarás menos?

La fiscalidad suele ser el factor decisivo para muchos empresarios que buscan internacionalizar sus operaciones. Veamos cómo se comparan estos dos destinos desde esta perspectiva fundamental.

Sistema fiscal en Dubái (EAU)

Emiratos Árabes Unidos se ha posicionado como un paraíso fiscal de facto, aunque técnicamente no figure en las listas oficiales de la UE. Sus principales características fiscales son:

  • Impuesto de Sociedades: 0% para la mayoría de actividades empresariales en zonas francas (Free Zones). Desde 2023, existe un impuesto federal del 9% para empresas con beneficios superiores a 375.000 AED (aproximadamente 95.000€), pero las empresas en zonas francas mantienen exenciones.
  • IVA: 5%, uno de los más bajos del mundo.
  • Impuesto sobre la Renta Personal: Inexistente. No hay tributación sobre salarios, dividendos o intereses.
  • Retenciones: No existen retenciones sobre dividendos, intereses o royalties.
  • Convenios de Doble Imposición: EAU tiene firmados más de 100 CDI, incluido con España.

Sistema fiscal en Luxemburgo

Luxemburgo, por su parte, ofrece un sistema fiscal europeo con ciertas ventajas, pero significativamente diferente:

  • Impuesto de Sociedades: Tipo general del 17%, que puede llegar al 24.94% incluyendo recargos municipales y contribución al fondo de empleo.
  • IVA: Tipo general del 17%, aunque existen tipos reducidos del 14%, 8% y 3% para determinados bienes y servicios.
  • Impuesto sobre la Renta Personal: Sistema progresivo que puede alcanzar el 42% (45.78% con recargos).
  • Retenciones: 15% sobre dividendos, aunque existen exenciones bajo la directiva matriz-filial de la UE.
  • Regímenes especiales: Destaca el régimen de propiedad intelectual (IP Box) con una exención del 80% sobre ingresos netos por patentes y derechos de autor.
  • Convenios de Doble Imposición: Extensa red con más de 80 países, incluido España.

Desde mi experiencia como asesor fiscal en España, muchos clientes llegan con la duda entre Dubái y Luxemburgo, pero la respuesta varía según el tipo de negocio. Para actividades puramente internacionales sin necesidad de presencia física constante en Europa, Dubái suele ofrecer ventajas fiscales más evidentes. Sin embargo, para negocios que requieren una fuerte presencia en el mercado europeo, Luxemburgo puede compensar su mayor carga fiscal con otras ventajas estratégicas.

Marco legal y facilidad para crear estructuras internacionales

La eficiencia fiscal no lo es todo. El marco jurídico, la seguridad legal y la facilidad para operar internacionalmente son factores igualmente importantes.

Entorno legal en Dubái

Dubái ofrece un sistema legal dual interesante:

  • Tipos de estructuras: Mainland Companies (jurisdicción local) y Free Zone Companies (zonas francas con regulación específica).
  • Propiedad extranjera: Desde 2020, es posible tener el 100% de propiedad extranjera en empresas mainland, eliminando la necesidad de un socio local.
  • DIFC (Dubai International Financial Centre): Zona franca con sistema legal basado en common law británico, ofreciendo mayor familiaridad para inversores occidentales.
  • Tiempo de constitución: Entre 1-3 semanas para empresas en zonas francas.
  • Capital mínimo: Variable según el tipo de licencia y zona franca, pero generalmente accesible (desde 10.000 AED, aproximadamente 2.500€).

Entorno legal en Luxemburgo

Luxemburgo presenta un marco jurídico europeo con particularidades propias:

  • Tipos de estructuras: Destacan la S.A. (Société Anonyme), S.à.r.l. (Société à responsabilité limitée) y la SOPARFI (Société de Participation Financière).
  • SOPARFI: Vehículo holding por excelencia, no es un régimen especial sino una S.A. o S.à.r.l. que se beneficia de exenciones fiscales para participaciones cualificadas.
  • Tiempo de constitución: Entre 2-4 semanas.
  • Capital mínimo: 12.000€ para una S.à.r.l. y 30.000€ para una S.A.
  • Seguridad jurídica: Alta, con un sistema judicial independiente y dentro del marco legal de la UE.

A quienes buscan operar con bajo riesgo fiscal sin dejar de cumplir con Hacienda, suelo explicarles que la elección entre Dubái y Luxemburgo debe considerar no solo la carga fiscal inmediata, sino también la sustancia económica que pueden generar en cada jurisdicción. Hacienda española examina cada vez con mayor detalle las estructuras internacionales, y la falta de sustancia real puede derivar en problemas de transparencia fiscal.

Entorno bancario y privacidad: Dubái frente a Luxemburgo

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El acceso a servicios bancarios de calidad y la protección de la privacidad son aspectos fundamentales para cualquier estructura internacional.

Sistema bancario en Dubái

El sistema financiero de Dubái ha evolucionado significativamente en los últimos años:

  • Apertura de cuentas: Moderadamente compleja para no residentes, especialmente desde la implementación de estándares CRS (Common Reporting Standard).
  • Documentación: Exigente proceso de KYC (Know Your Customer) y due diligence.
  • Banca privada: Bien desarrollada, con presencia de bancos internacionales y locales de prestigio.
  • Intercambio de información: EAU es signatario del CRS, por lo que existe intercambio automático de información fiscal con España.
  • Fintech: Ecosistema fintech en rápido crecimiento, con regulaciones específicas en el DIFC.

Sistema bancario en Luxemburgo

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Luxemburgo es uno de los centros financieros más importantes de Europa:

  • Apertura de cuentas: Proceso estructurado pero accesible, especialmente para empresas con operativa europea.
  • Banca privada: Centro de excelencia mundial en gestión de patrimonios.
  • Estabilidad: Sistema bancario altamente regulado y con calificaciones AAA.
  • Intercambio de información: Pleno cumplimiento del CRS y directivas europeas de transparencia fiscal.
  • Protección de datos: Marco legal robusto bajo el RGPD europeo.

En el despacho hemos ayudado a decenas de clientes que venían de estructuras mal planteadas en Luxemburgo y han migrado con éxito a Emiratos. La razón principal suele ser la carga fiscal, pero también la complejidad administrativa y los costes operativos más elevados del país europeo.

¿Qué país conviene según tu perfil como emprendedor residente en España?

La elección óptima dependerá en gran medida de tu situación personal, tipo de negocio y objetivos a largo plazo.

Perfil ideal para Dubái

  • Negocios digitales o de servicios sin necesidad de presencia física constante en Europa.
  • Empresarios con operaciones en Asia, África o Medio Oriente, aprovechando la ubicación estratégica de Dubái.
  • Inversores que buscan minimizar la carga fiscal global y están dispuestos a establecer presencia real en EAU.
  • Emprendedores dispuestos a relocalizarse, aprovechando las ventajas del visado de residencia vinculado a la propiedad de una empresa.
  • Negocios B2B internacionales con clientes fuera de la UE.

Perfil ideal para Luxemburgo

  • Empresas con fuerte presencia en el mercado europeo, que necesitan estar dentro del marco regulatorio de la UE.
  • Estructuras holding que gestionan participaciones en empresas europeas.
  • Negocios del sector financiero que se benefician del ecosistema luxemburgués.
  • Empresas con activos de propiedad intelectual que pueden beneficiarse del régimen IP Box.
  • Inversores que valoran la estabilidad política y económica dentro del marco europeo.

Si después de esta comparativa estás considerando seriamente operar desde Emiratos, puedes consultar esta guía completa sobre Dubái donde explico con detalle los pasos, requisitos y estructuras más recomendables.

Implicaciones para residentes fiscales en España

Como residente fiscal en España, debes considerar cuidadosamente cómo estas estructuras internacionales interactúan con tus obligaciones fiscales domésticas.

Consideraciones con estructuras en Dubái

Para residentes fiscales españoles, las empresas en Dubái pueden presentar desafíos específicos:

  • Transparencia fiscal internacional: Si controlas una sociedad en EAU y esta obtiene principalmente rentas pasivas, podría considerarse una entidad CFC (Controlled Foreign Corporation) bajo la normativa española, obligándote a incluir esas rentas en tu declaración personal.
  • Modelo 720: Obligación de declarar bienes en el extranjero si superan los umbrales establecidos.
  • Sede de dirección efectiva: Si la toma de decisiones se realiza desde España, Hacienda podría considerar que la empresa es residente fiscal española, independientemente de su constitución en Dubái.
  • Exit tax: Al trasladar tu residencia fiscal a EAU, podrías enfrentar el impuesto de salida sobre ganancias latentes en participaciones significativas.

Consideraciones con estructuras en Luxemburgo

Las estructuras luxemburguesas presentan otro conjunto de consideraciones:

  • Directivas europeas: Beneficio de las directivas matriz-filial y de intereses y cánones que pueden reducir retenciones.
  • Sustancia económica: Menor escrutinio sobre la sustancia real si existe actividad genuina en Luxemburgo.
  • Normativa CFC: También aplicable, aunque con matices diferentes por ser país UE.
  • Planificación patrimonial: Ventajas en estructuras de inversión y gestión patrimonial a largo plazo.

Cómo ayudamos desde SpainToDubai

Bajo mi dirección, ofrecemos:

  • Asesoramiento legal y fiscal personalizado desde España, analizando tu situación particular y objetivos empresariales para determinar qué jurisdicción se adapta mejor a tus necesidades.
  • Comparativa fiscal adaptada a tu situación y residencia, con proyecciones financieras concretas que muestran el impacto real en tu negocio.
  • Acompañamiento integral en trámites, visado y estrategia patrimonial, tanto si eliges Dubái como Luxemburgo, asegurando cumplimiento normativo en España.
  • Diseño de estructuras fiscalmente eficientes pero seguras, que resistan el escrutinio de las autoridades fiscales españolas.
  • Coordinación con asesores locales en ambas jurisdicciones para garantizar una implementación impecable.

Preguntas frecuentes sobre comparativas fiscales

¿Qué país tiene menos impuestos: Dubái o Luxemburgo?

Sin duda, Dubái ofrece una fiscalidad más ventajosa en términos absolutos. Con un 0% de impuesto de sociedades en zonas francas (o 9% federal con exenciones), ausencia de impuesto sobre la renta personal y un IVA del 5%, supera claramente a Luxemburgo, donde el impuesto de sociedades ronda el 25% (incluyendo recargos) y existe un sistema progresivo de IRPF que puede alcanzar el 45.78%. Sin embargo, Luxemburgo ofrece regímenes especiales y ventajas dentro del marco europeo que pueden resultar más beneficiosos para determinados tipos de negocio.

¿En cuál es más fácil abrir cuenta bancaria para no residentes?

Actualmente, Luxemburgo ofrece mayor facilidad para la apertura de cuentas bancarias corporativas para no residentes, especialmente para empresas con operativa europea. Dubái ha endurecido sus requisitos de KYC y due diligence en los últimos años, aunque sigue siendo accesible si se cuenta con la documentación adecuada y asesoramiento especializado. En ambos casos, es fundamental demostrar la sustancia económica real de la empresa y el origen lícito de los fondos.

¿Qué jurisdicción permite mantener residencia fiscal en España?

Tanto Dubái como Luxemburgo permiten mantener la residencia fiscal en España mientras se opera a través de una sociedad en estas jurisdicciones. Sin embargo, esto requiere una estructuración cuidadosa para evitar problemas de transparencia fiscal internacional (CFC) o determinación de la sede de dirección efectiva. La clave está en dotar a la estructura internacional de sustancia económica real, con presencia física, empleados y toma de decisiones efectiva en la jurisdicción elegida. En este aspecto, Luxemburgo puede ofrecer mayor seguridad jurídica por pertenecer al marco legal europeo, aunque con una carga fiscal significativamente mayor.

Conclusión: Más allá de la simple comparativa fiscal

Decidir dónde establecer tu empresa no solo implica ver qué país tiene menos impuestos. Se trata de construir una estructura segura, legal y coherente con tu vida personal y patrimonial. Desde SpainToDubai, te ayudo a evaluar con rigor cada opción para que tomes decisiones que aguanten el paso del tiempo, el crecimiento… y a Hacienda.

La elección entre Dubái y Luxemburgo debe basarse en un análisis holístico que considere no solo la fiscalidad, sino también tus planes de expansión internacional, necesidades de acceso al mercado europeo, requisitos de movilidad personal y objetivos patrimoniales a largo plazo.

Recuerda que la estructura más eficiente fiscalmente no siempre es la más segura o la más adecuada para tu caso particular. La clave está en encontrar el equilibrio perfecto entre optimización fiscal, seguridad jurídica y viabilidad operativa.

Si estás considerando internacionalizar tu empresa o inversiones, te invito a contactar con nuestro equipo para un análisis personalizado que te ayude a tomar la mejor decisión estratégica.