BVI vs Dubai: Ventajas Legales y Bancarias para Inversores Internacionales [Comparativa 2025]

Si estás pensando en montar una empresa fuera de España, probablemente Dubái y las Islas Vírgenes Británicas (BVI) estén entre tus opciones. No es una decisión menor. Las diferencias fiscales, legales y bancarias entre ambos países pueden cambiar por completo la rentabilidad —y la seguridad jurídica— de tu proyecto. Como inversor o empresario español, necesitas una comparativa realista que vaya más allá de los tópicos sobre paraísos fiscales y te muestre el panorama completo de 2025.

En este análisis comparativo, examinaremos punto por punto las ventajas e inconvenientes de cada jurisdicción, considerando aspectos como la fiscalidad, el marco legal, las facilidades bancarias y la percepción internacional. Descubrirás qué opción se adapta mejor a tu perfil como residente fiscal en España y qué riesgos debes considerar antes de tomar una decisión.

Fiscalidad comparada entre Dubái y BVI: Más allá del 0%

Cuando se habla de jurisdicciones de baja tributación, tanto Dubái como BVI suelen mencionarse por sus atractivas políticas fiscales. Sin embargo, existen diferencias sustanciales que pueden resultar determinantes para tu estrategia empresarial.

Impuesto de Sociedades: Similitudes y diferencias clave

En Dubái, a través de una empresa en una Zona Franca o una RAK ICC (antiguas offshore), puedes beneficiarte de una exención del impuesto de sociedades por un período garantizado (generalmente 15-50 años). Por su parte, en BVI el impuesto de sociedades es del 0% sin límite temporal.

Sin embargo, la diferencia fundamental radica en la sustancia económica:

  • Dubái: Las empresas en Zonas Francas requieren presencia física real (oficina), lo que proporciona sustancia económica y mayor protección ante cuestionamientos de autoridades fiscales extranjeras.
  • BVI: Las empresas suelen carecer de presencia física real, lo que las hace más vulnerables ante regímenes de transparencia fiscal internacional como el español.

IVA e impuestos indirectos

Otra diferencia significativa se encuentra en el tratamiento del IVA:

  • Dubái: Implementó un IVA del 5% en 2018, lo que le otorga mayor legitimidad internacional y facilita operaciones con la UE al tener un sistema de IVA reconocible.
  • BVI: No cuenta con IVA ni impuestos indirectos similares, lo que simplifica operaciones internas pero puede complicar transacciones con jurisdicciones que sí tienen estos impuestos.

Desde mi experiencia como asesor fiscal en España, muchos clientes llegan con la duda entre Dubái y BVI, pero no siempre la respuesta es la misma. Para empresarios que buscan una estructura con sustancia real y menor riesgo de cuestionamiento por parte de Hacienda, Dubái suele ofrecer un equilibrio más favorable entre ventajas fiscales y seguridad jurídica.

¿Dónde es más fácil crear una estructura legal internacional?

La facilidad para establecer y mantener una estructura empresarial varía considerablemente entre ambas jurisdicciones, especialmente cuando consideramos aspectos como la constitución, el mantenimiento y la gobernanza corporativa.

Constitución y mantenimiento

Aspecto Dubái BVI
Tiempo de constitución 1-3 semanas (Zonas Francas)
3-5 días (RAK ICC)
24-48 horas
Costes iniciales Más elevados (5.000-15.000€) Más económicos (1.500-3.000€)
Mantenimiento anual Mayor (renovación licencia, oficina) Menor (solo tasa anual)
Requisitos documentales Más exigentes (documentos legalizados) Más simples (menos formalidades)

BVI ofrece un proceso más rápido y económico, pero esta aparente ventaja puede convertirse en un inconveniente cuando consideramos la sustancia económica y la protección ante inspecciones fiscales.

Marco legal y seguridad jurídica

El sistema legal que respalda tu estructura empresarial es fundamental para garantizar la seguridad de tus inversiones:

  • Dubái: Combina derecho civil con elementos de la Sharia, pero las Zonas Francas y el DIFC (Dubai International Financial Centre) operan bajo un sistema legal basado en el common law británico, ofreciendo familiaridad a inversores occidentales.
  • BVI: Sistema legal basado íntegramente en el common law británico, con gran desarrollo en derecho mercantil y protección de activos.

A quienes buscan operar con bajo riesgo fiscal sin dejar de cumplir con Hacienda, suelo explicarles que BVI puede resultar más problemático por su inclusión en diversas listas grises y su percepción como jurisdicción opaca, mientras que Dubái ha realizado importantes esfuerzos para mejorar su reputación internacional mediante la implementación de estándares de transparencia.

Entorno bancario y privacidad: Dubái frente a BVI

El acceso a servicios bancarios eficientes y la gestión de la privacidad financiera son aspectos cruciales para cualquier estructura internacional.

Apertura y mantenimiento de cuentas bancarias

La realidad bancaria ha cambiado drásticamente en los últimos años para ambas jurisdicciones:

  • Dubái:
    • Mayor facilidad para abrir cuentas bancarias locales con bancos emiratíes
    • Posibilidad de acceder a banca internacional a través del DIFC
    • Requisitos de KYC (Know Your Customer) estrictos pero estandarizados
    • Menor estigma para operaciones internacionales
  • BVI:
    • Dificultad creciente para abrir cuentas bancarias (no hay bancos locales operativos)
    • Necesidad de recurrir a jurisdicciones terceras para servicios bancarios
    • Mayor escrutinio y posibles rechazos por parte de bancos internacionales
    • Procesos de due diligence más intensivos y costosos

En el despacho hemos ayudado a decenas de clientes que venían de estructuras mal planteadas en BVI y han migrado con éxito a Emiratos, principalmente por las dificultades bancarias que experimentaban con sus empresas offshore tradicionales.

Intercambio de información y privacidad

Ambas jurisdicciones han adoptado estándares internacionales de intercambio de información:

  • Dubái/EAU:
    • Firmante del CRS (Common Reporting Standard)
    • Implementación efectiva del intercambio automático de información
    • Registro de Beneficiarios Efectivos establecido
    • Mayor transparencia pero con protección de datos adecuada
  • BVI:
    • También firmante del CRS
    • Registro de Beneficiarios Efectivos no público
    • Mayor presión internacional por transparencia
    • Riesgo de inclusión en listas negras o grises

La idea de que BVI ofrece mayor privacidad es cada vez menos cierta en la práctica. Con los actuales estándares de intercambio de información, la diferencia real radica en la percepción internacional y el riesgo reputacional, aspectos en los que Dubái ha ganado terreno significativo.

¿Qué país conviene según tu perfil como emprendedor residente en España?

La elección entre Dubái y BVI debe adaptarse a tu situación personal, modelo de negocio y objetivos a largo plazo.

Para negocios con operativa internacional real

Dubái es preferible si:

  • Necesitas una estructura con sustancia económica demostrable
  • Tu negocio requiere personal, oficinas o infraestructura física
  • Operas con clientes o proveedores en Europa, Oriente Medio o Asia
  • Valoras la posibilidad de obtener residencia fiscal en EAU
  • Buscas una jurisdicción con mejor reputación internacional

BVI podría ser adecuado si:

  • Tu estructura es principalmente para holding de inversiones pasivas
  • No necesitas presencia física ni empleados
  • Buscas costes de mantenimiento mínimos
  • Tu prioridad es la simplicidad administrativa

Consideraciones para residentes fiscales en España

Como residente fiscal español, debes tener en cuenta:

  • Normativa de Transparencia Fiscal Internacional: Las rentas pasivas obtenidas en entidades sin sustancia económica pueden ser atribuidas directamente al socio español.
  • Obligaciones de información: Modelo 720 para declaración de bienes en el extranjero.
  • Convenios de Doble Imposición: España tiene CDI con EAU, pero no con BVI.
  • Exit Tax: Implicaciones si decides cambiar tu residencia fiscal.

Para estructuras que buscan cumplir con la normativa española minimizando la carga fiscal, Dubái ofrece mayores garantías gracias a la posibilidad de crear sustancia real y al convenio de doble imposición existente.

Tendencias y perspectivas para 2024-2025

El panorama internacional está en constante evolución, con implicaciones importantes para ambas jurisdicciones:

Presión internacional y listas de jurisdicciones no cooperativas

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La OCDE y la UE mantienen una presión constante sobre jurisdicciones de baja tributación:

  • Dubái/EAU: Ha realizado importantes reformas para salir de listas grises, implementando sustancia económica, intercambio de información y mejorando su marco regulatorio.
  • BVI: Enfrenta mayor escrutinio y ha sido incluido periódicamente en listas de jurisdicciones no cooperativas, lo que aumenta el riesgo reputacional y operativo.

Impuesto mínimo global

La implementación del impuesto mínimo global del 15% acordado por el G20 y la OCDE tendrá impacto diferencial:

  • Dubái: Ya ha anunciado la implementación del impuesto mínimo para grandes multinacionales, manteniendo exenciones para PYMEs y negocios locales.
  • BVI: Aún no ha definido claramente su adaptación, lo que genera incertidumbre para estructuras a largo plazo.

La tendencia clara es hacia mayor sustancia económica y transparencia, lo que favorece jurisdicciones como Dubái que pueden ofrecer un entorno empresarial real además de ventajas fiscales.

Casos prácticos comparativos

Caso 1: Consultoría internacional

Un consultor español que presta servicios a clientes internacionales:

  • Opción Dubái: Establecimiento en Zona Franca con oficina física, posibilidad de visado de residencia, facturación internacional legítima con sustancia económica demostrable.
  • Opción BVI: Mayor riesgo de que Hacienda considere que existe deslocalización artificial de servicios prestados realmente desde España.

Caso 2: Holding patrimonial

Empresario español con inversiones inmobiliarias y financieras internacionales:

  • Opción Dubái: Estructura más costosa pero con mayor protección ante la normativa de Transparencia Fiscal Internacional.
  • Opción BVI: Más económica para simple tenencia de activos, pero con mayor riesgo de atribución de rentas pasivas al socio español.

Si después de esta comparativa estás considerando seriamente operar desde Emiratos, puedes consultar esta guía completa sobre Dubái donde explico con detalle los pasos, requisitos y estructuras más recomendables.

Cómo ayudamos desde SpainToDubai

Bajo mi dirección, ofrecemos:

  • Asesoramiento legal y fiscal personalizado desde España – Analizamos tu situación particular como residente español para determinar qué jurisdicción se adapta mejor a tus necesidades.
  • Comparativa fiscal adaptada a tu situación y residencia – Evaluamos el impacto real de cada opción considerando tu modelo de negocio, patrimonio y objetivos a largo plazo.
  • Acompañamiento integral en trámites, visado y estrategia patrimonial – Te guiamos en todo el proceso de implementación, desde la constitución empresarial hasta la optimización de tu estructura internacional.

Nuestra experiencia con cientos de clientes que han evaluado ambas jurisdicciones nos permite ofrecerte una visión realista y práctica, evitando riesgos innecesarios y maximizando las ventajas legítimas de cada opción.

Preguntas frecuentes sobre comparativas fiscales

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¿Qué país tiene menos impuestos: Dubái o BVI?

Técnicamente, ambos ofrecen 0% en impuesto de sociedades para determinadas estructuras, pero BVI no tiene IVA mientras que Dubái aplica un 5%. Sin embargo, el coste fiscal real debe considerar también la deducibilidad de gastos, las obligaciones de cumplimiento y los riesgos de cuestionamiento por parte de autoridades fiscales extranjeras.

¿En cuál es más fácil abrir cuenta bancaria para no residentes?

Actualmente, Dubái ofrece ventajas significativas en el acceso a servicios bancarios. Las empresas en Zonas Francas o RAK ICC pueden abrir cuentas en bancos emiratíes con relativa facilidad, mientras que las entidades de BVI enfrentan crecientes dificultades para encontrar bancos dispuestos a aceptarlas como clientes.

¿Qué jurisdicción permite mantener residencia fiscal en España?

Ambas jurisdicciones permiten mantener la residencia fiscal en España, pero con diferentes implicaciones. Con una estructura en Dubái con sustancia real, es posible argumentar que los beneficios empresariales se generan legítimamente fuera de España. Con BVI, al carecer típicamente de sustancia económica, existe mayor riesgo de que se aplique la normativa de Transparencia Fiscal Internacional.

Conclusión: Más allá de los impuestos

Decidir dónde establecer tu empresa no solo implica ver qué país tiene menos impuestos. Se trata de construir una estructura segura, legal y coherente con tu vida personal y patrimonial. Desde SpainToDubai, te ayudo a evaluar con rigor cada opción para que tomes decisiones que aguanten el paso del tiempo, el crecimiento… y a Hacienda.

La tendencia global hacia mayor transparencia y sustancia económica favorece claramente a jurisdicciones como Dubái, que combinan ventajas fiscales con un entorno empresarial real y reconocido internacionalmente. BVI sigue siendo una opción para determinados casos específicos, pero su viabilidad a largo plazo presenta más interrogantes en el actual contexto de cooperación fiscal internacional.

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Lo más importante es que tu estructura internacional sea coherente con tu actividad real y cumpla con todas las obligaciones informativas y fiscales en España, evitando riesgos innecesarios que puedan comprometer tu patrimonio y tranquilidad.

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