¿Qué diferencias hay entre declarar criptomonedas como persona física y como persona jurídica?

La creciente adopción de criptomonedas en España ha llevado a inversores y empresas a enfrentarse a diversas obligaciones fiscales. Comprender las diferencias entre declarar criptomonedas como persona física y como persona jurídica es esencial para cumplir con la normativa vigente y optimizar la carga tributaria.

Tratamiento fiscal de las criptomonedas para personas físicas

Las personas físicas que invierten en criptomonedas deben conocer las obligaciones fiscales asociadas a la compraventa, almacenamiento y obtención de rentabilidad a través de diferentes mecanismos financieros. A continuación, detallamos los principales impuestos y normativas aplicables.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Las ganancias patrimoniales obtenidas por la compraventa de criptomonedas deben declararse en la base del ahorro del IRPF. Los tramos impositivos vigentes son:

  • Hasta 6.000 euros: 19%
  • De 6.001 a 50.000 euros: 21%
  • De 50.001 a 200.000 euros: 23%
  • De 200.001 a 300.000 euros: 27%
  • Más de 300.000 euros: 28%

Según la Agencia Tributaria, las pérdidas patrimoniales pueden compensarse con las ganancias obtenidas en el mismo ejercicio fiscal.

Obligación de información sobre saldos en criptomonedas

A partir de 2024, los contribuyentes deben informar sobre sus tenencias en exchanges extranjeros cuando el valor supere los 50.000 euros. Esta obligación se cumple mediante el Modelo 721, de carácter informativo, sin implicar el pago de impuestos adicionales.

Impuesto sobre el Patrimonio

Las criptomonedas forman parte del patrimonio del contribuyente y deben incluirse en la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio si el patrimonio neto supera los 700.000 euros, excluyendo la vivienda habitual hasta 300.000 euros.

Tratamiento fiscal de las criptomonedas para personas jurídicas

Las empresas que operan con criptomonedas tienen un marco fiscal diferente al de las personas físicas. Sus beneficios tributan a un tipo fijo y deben cumplir con una serie de requisitos contables y administrativos adicionales.

Impuesto sobre Sociedades

Las empresas que operan con criptomonedas tributan las ganancias obtenidas a través del Impuesto sobre Sociedades, con un tipo general del 25%. Para nuevas empresas, durante los dos primeros ejercicios con beneficios, se aplica un tipo reducido del 15%.

Obligaciones contables

Las personas jurídicas deben llevar una contabilidad detallada de todas las operaciones realizadas con criptomonedas, cumpliendo con los principios contables generalmente aceptados. También deben presentar cuentas anuales y cumplir con obligaciones fiscales adicionales.

Consideraciones adicionales

Además de los impuestos mencionados, las empresas deben tener en cuenta otros aspectos regulatorios:

  • IVA: La compraventa de criptomonedas está exenta de IVA en España. No obstante, otros servicios relacionados, como el staking, pueden estar sujetos a este impuesto.
  • Staking y lending:
    • Los beneficios del staking se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan en la base del ahorro del IRPF (19%-28%).
    • Las recompensas del lending se consideran ingresos de bienes muebles y también tributan en el IRPF.
  • Permutas: El intercambio de criptomonedas se considera una permuta y genera una ganancia o pérdida patrimonial que debe declararse en el IRPF.

Comparativa entre persona física y persona jurídica

Dependiendo del tipo de inversión o actividad con criptomonedas, puede ser más conveniente tributar como persona física o como empresa. La siguiente tabla resume las diferencias clave:

Aspecto Persona Física Persona Jurídica
Adecuado para Inversores individuales con operaciones esporádicas Empresas o inversores con operaciones frecuentes
Carga fiscal Tributación progresiva hasta el 28% Tipo fijo del 25% en el Impuesto sobre Sociedades
Deducciones No aplicables Posibilidad de deducir gastos operativos
Obligaciones contables Declaración en IRPF Contabilidad detallada y presentación de cuentas anuales

Obligaciones de información y modelos fiscales

Para asegurar el cumplimiento normativo, tanto personas físicas como jurídicas deben presentar determinados modelos fiscales dependiendo de su actividad:

  • Modelo 172: Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales.
  • Modelo 173: Declaración informativa sobre operaciones con criptomonedas.
  • Modelo 721: Declaración de monedas virtuales en el extranjero.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con criptomonedas puede conllevar sanciones económicas y recargos. La Agencia Tributaria ha incrementado su vigilancia en este sector, por lo que es fundamental cumplir con todas las normativas vigentes.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué opción es más conveniente fiscalmente: persona física o persona jurídica?

Depende del volumen de operaciones y la estrategia fiscal. Para inversores con transacciones esporádicas, tributar como persona física es más sencillo. Para operaciones frecuentes o de gran cuantía, la tributación como persona jurídica puede resultar más ventajosa.

2. ¿Qué obligaciones adicionales tiene una empresa en comparación con una persona física?

Las empresas deben llevar una contabilidad detallada y presentar modelos fiscales como el Modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades), además de cumplir con auditorías y normativas contables.

3. ¿Se pueden deducir gastos relacionados con criptomonedas en una empresa?

Sí, las empresas pueden deducir gastos operativos como comisiones de exchanges, asesoría fiscal y seguridad informática. Las personas físicas, en cambio, no pueden deducir estos gastos.

Conclusión

Declarar criptomonedas como persona física o jurídica en España implica distintas obligaciones fiscales y administrativas. En Spaintodubai somos asesores fiscales en criptomonedas y evaluamos cada situación de forma individual y buscar asesoramiento especializado es clave para garantizar el cumplimiento normativo y optimizar la carga fiscal.